Seguros de Transporte

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Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué es una póliza de seguro de transporte de carga?

Es aquel contrato celebrado con alguna aseguradora por medio del cual ésta asume los daños y pérdidas materiales imprevistas a los objetos transportados en caso de traslado por vía terrestre, aérea o marítima, para los riesgos que estén expresamente contratados. Este seguro puede ser contratado por cualquier persona que tenga un interés sobre las mercancías transportadas (empresas privadas, públicas o personas físicas).

En el seguro de transporte, la póliza de seguro constituye el documento primordial y dado el carácter eminentemente formal que reviste el contrato de seguro, su existencia es necesaria para su validez. En la póliza de seguro se contratan los riesgos asegurables en la cual el asegurador, por el pago de una prima determinada por parte del asegurado, se obliga a indemnizar este último por las pérdidas o daños causados a los bienes durante el transporte normal, de acuerdo con las condiciones generales, particulares o especiales pactadas.


¿Qué medios de transporte pueden incluir las pólizas de seguro?

El seguro de transporte puede comprender una serie de modalidades (separadas o en conjunto) tales como:


¿Qué tipos de coberturas incluye el seguro de transporte de carga?

Robo (total y/o parcial), riesgos ordinarios de tránsito, avería gruesa, mojadura, oxidación, manchas, contaminación (contacto con otras cargas), maniobras de carga y descarga, bodega a bodega, echazón, barredura, baratería del capitán y/o tripulación, estadía, rotura y/o rajadura, derrame, entre otros.


¿En qué casos aplica la cobertura de riesgos ordinarios de tránsito para embarques terrestres?

Se cubren principalmente los daños materiales o pérdidas a los bienes causados directamente por:
Incendio, rayo, explosión, colisión o volcadura del vehículo de transporte empleado, descarrilamiento del ferrocarril, hundimiento o rotura de puentes al paso del vehículo transportador, o hundimientos de embarcaciones cuyo empleo sea indispensable para completar el tránsito terrestre. No aplica la cobertura para la colisión de la carga y no del vehículo, con objetos que se encuentren fuera del medio de transporte o por caídas por falta o deficiencia manifiesta de los amarres o flejes utilizados, o por sobrepasar la capacidad dimensional de carga o de la superestructura del vehículo, ya sea en su largo, ancho o alto.


¿Qué tipos de mercancías pueden incluirse en un seguro de transporte de carga?

Para el seguro de transporte, es posible cubrir una gran cantidad de mercancías tales como: madera en tabla, equipo de seguridad, ropa, calzado, abarrotes, diesel, material para la construcción, muebles, equipo médico, artículos de limpieza, fertilizantes, tequila embotellada, carbonato de calcio, café, miel, alcohol en pipa y embotellado, jarabe de agave, pinturas, postes de metal, estructuras de acero, estructuras de concreto, rollos de lámina, granos y/o cereales, carne en canal y carne en cortes, pescado y mariscos, embutidos, pavo, pollo, productos lácteos, perfumes, cosméticos, tóner, óxido de plomo, productos químicos, frutas y verduras, joyería, maquinaria (industrial, agrícola, construcción) y refacciones, calendarios, papelería en general, artículos promocionales y consumibles, periféricos para maquinaria y equipos, baterías para auto, equipo electrónico, impresoras, escáneres, copiadoras, periféricos computacionales, computacionales, material de ferretería, material eléctrico y electrónico, refacciones para equipo de computo e impresoras, consumibles para computadoras, medicamento, canoas, kayaks, bicicletas, equipo de protección, equipo de pesas, equipo para esquiar, wave runners, jet ski, equipo de camping, equipo de escalar, equipo de buceo, etc. Lo anterior siempre y cuando sean propiedad del asegurado, o bien sobre las que tenga algún interés asegurable, comprobable con documentos auténticos.


¿Qué tipos de mercancías NO pueden incluirse en un seguro de transporte de carga?

Están excluidas del seguro de transporte algunas mercancía como lo son: relojes, efectivo y valores, obras de arte y antigüedades, metales o piedras preciosas, tarjetas bancarias y telefónicas de cualquier tipo, tarjetas de crédito, armas, explosivos, artículos perecederos, algodón, sangre, semen, bienes remolcados de cualquier tipo, transporte de barcos, aviones o cualquier vehículo motorizado, documentos bancarios, cheques pagares, vales y/o cualquier documento bancario, harina de pescado, yute y copra, asbestos, animales, mercancía de devolución o rechazo, chatarra, vinos y licores, cobre, entre otros.


¿Cómo se determina el valor asegurable?

El valor asegurable deberá corresponder al valor que tengan los bienes en el lugar de destino, en el momento de la terminación del viaje, de acuerdo a las siguientes bases:


¿Qué factores hay que considerar para el cálculo de la prima de seguro de transporte?

Se deben tomar en cuenta para que la que la compañía de seguros pueda determinar la prima de seguro: el tipo y tamaño de la mercancía, medio de transporte, ruta o trayecto, transbordos intermedios, estadías y almacenajes, fechas de embarque, historial de siniestros del asegurado. Para el caso de la ruta o trayecto asegurado, si el bien asegurado recibe daños fuera del trayecto, la indemnización no se hace efectiva.


¿Qué es una indemnización en el seguro de transporte?

Es el importe que está obligado a pagar contractualmente la compañía de seguros en caso de producirse un siniestro y no puede superar el importe de los perjuicios sufridos, dentro de los límites pactados. La indemnización constituye la característica fundamental para el seguro de transporte. Los principios de indemnización están basados en que nadie puede pretender indemnizaciones superiores al daño sufrido. Adicionalmente el seguro no puede constituir causa de lucro o beneficio para el asegurado. La indemnización por parte del asegurador no debe presentar una situación más ventajosa que si el siniestro no hubiese ocurrido.


¿En qué casos la compañía de seguros no aplicará indemnización?

La aseguradora no cubrirá por ninguno de los siguientes casos:

  1. El dolo o negligencia grave del asegurado, sus dependientes o representantes.
  2. El retraso en el transporte o entrega, por cualquier causa.
  3. La mala estiba, insuficiencia o deficiencia de embalajes; derrames, mermas, roturas, fermentación, corrupción, recalentamiento, influencias de temperaturas, autocombustión, oxidación, agua de lluvia, el vicio propio de la mercancía asegurada.
  4. Las medidas sanitarias o de desinfección; las roeduras de insectos ni la carcoma.
  5. El contrabando, prohibido comercio, embargo, aprehensión o comiso, por providencia judicial o administrativa.

¿Cuál es la vigencia de un seguro de transporte de carga?

En el caso de embarques terrestres y aéreos, el seguro de transporte entra en vigor desde el momento en que el vehículo o aeronave cargado con los bienes inicie el tránsito del embarque cubierto en el lugar de origen establecido en esta póliza, continúa durante el curso normal de su viaje, y termina con la entrega de los bienes al consignatario, en el lugar de destino citado en esta póliza.
En el caso de embarques marítimos, el seguro de transporte entra en vigor desde el momento en que los bienes queden a cargo de los porteadores marítimos para su transporte en el puerto de origen, continúa durante el curso normal de su viaje y termina con la descarga de los mismos sobre los muelles en el puerto de destino.



* Las explicaciones arriba mencionadas son enunciativas y no forman parte del contrato de seguro. Favor de leer detenidamente las condiciones generales que se anexan a su póliza de seguro.